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Nueva incorporación Planes

Las ayudas contempladas en los planes podrán ser solicitadas desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de cada ejercicio, a excepción de las ayudas técnicas y para adaptaciones del Plan de ayuda para personas con discapacidad y del Plan de ayudas excepcionales, cuyo plazo de solicitud concluirá el 30 de noviembre del mismo año.

Estas ayudas serán concedidas por años naturales, como máximo hasta el 31 de diciembre del año en curso. De ser necesaria una nueva concesión, deberá volverse a solicitar la ayuda correspondiente en enero del año siguiente.

Documentación común para todos los planes

Para el cobro del importe mensual concedido en el año 2010, a través de un plan asistencial, bastará con la presentación de los recibos que justifican el gasto habido en el año anterior, en el momento de la solicitud de la ayuda. Si esos recibos obraran ya en poder del Colegio, no será necesario remitirlos nuevamente.

En el caso de tratarse de una primera solicitud, será necesario la presentación de al menos un recibo, factura o justificante del gasto..

En cualquier caso, será necesario guardar los recibos que justifican la ayuda durante todo el año, ya que deberán presentarse al solicitarla nuevamente para el año siguiente.

Si se dejara de tener el gasto por la circunstancia que fuere, deberá comunicarse al Colegio. La falta de comunicación conllevará la pérdida de la condición de perceptor del plan, con independencia del derecho del Colegio a exigir responsabilidades y el reintegro de lo indebidamente percibido.

  • Solicitud de ayuda en impreso correspondiente
  • Fotocopia del DNI del perceptor de la ayuda y del representante legal si lo hubiese
  • Informes de salud emitidos por profesionales colegiados: médico, psicólogo, en el que se refleje la patología que justifica la inclusión en el plan
  • Documento de calificación de minusvalía completo y actualizado, si existiera y acreditación de su grado y nivel de dependencia
  • Documento legal que acredite su situación de incapacidad judicial, si la hubiera, a través de la partida literal de nacimiento (inscripción marginal oportuna), o por medio del documento judicial.
  • Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas de todos los miembros de la unidad familiar del último ejercicio o Certificado de la A.E.A.T. acreditativo de los ingresos. En caso de percibir ingresos exentos de declaración, documento acreditativo de dichos ingresos.
  • Certificado extendido por MUFACE o la Seguridad Social y Acción Social del organismo al que el solicitante esté vinculado laboralmente, acreditando la cuantía de la ayuda que para el año inmediatamente anterior se concedió en cada caso o certificado de resolución denegatorio, si no la hubiera recibido.
  • Factura, recibos, justificantes de la ayuda solicitada que acredite el gasto originado. En caso de ayuda a tercera persona el recibo deberá ir acompañado por fotocopia del DNI de la persona que lo firma. No se admitirán recibos de tercera persona a nombre de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Presupuesto del gasto solicitado
  • Fe de vida, para mayores de 65 años

Documentación específica para cada plan

Plan de ayuda para personas con discapacidad

  • Partida literal de nacimiento del discapacitado
  • Certificado de empadronamiento
  • Plan de ayuda para enfermos crónicos dependientes
  • Certificado de estar en activo si se es mayor de 60 años

Plan de ayuda para personas con trastornos del comportamiento alimentario.

  • Partida literal de nacimiento del hijo del socio para el que se solicita la ayuda

Plan de ayuda para personas con adicciones.

  • Partida literal de nacimiento del hijo para el que se solicita la ayuda

Plan de ayuda a mayores.

  • En los programas 7 y 9 no deberán aportarse los ingresos de la unidad familiar ni el certificado de MUFACE o Seguridad Social
  • Dependiendo de la fecha de jubilación, con el fin de justificar los años cotizados, deberán remitirnos además la siguiente documentación:
    • a. Funcionarios jubilados con anterioridad al 31-12-86
      • Justificante de la primera toma de posesión en el Ministerio de Economía y Hacienda y Organismos que compongan la Hacienda Pública
      • Documento acreditativo de la jubilación
    • b. Funcionarios jubilados con posterioridad al 01-01-87
      • Justificante de la primera toma de posesión en el Ministerio de Economía y Hacienda y Organismos que compongan la Hacienda Pública
      • Documento acreditativo de la jubilación
      • Nómina del mes anterior de la fecha de jubilación o certificado de retribuciones de su centro de trabajo, del año anterior al pasar a la situación de jubilación, que justifiquen el abono de la cuota del Colegio en el momento de la jubilación

Plan de ayudas excepcionales.

Documentación específica para cada programa:

Gastos de sepelio del socio

  • Certificado de defunción
  • Justificantes de la situación económica en el momento del fallecimiento

Ayudas por minoración importante de la economía familiar:

  • Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas de la unidad familiar, o en su defecto, Certificado de la A.E.A.T., del año inmediatamente anterior a la situación que ha causado la minoración económica.

Ayudas técnicas excepcionales:

  • Calificación de minusvalía completa

 

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