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Plazos - Planes

Las Normas actuales regulan los plazos que se deben tener en cuenta para la presentación de las solicitudes, la documentación y los justificantes de los pagos, que quedan establecidos de la manera siguiente:

Si una vez presentada la solicitud de incorporación, no se completara la documentación requerida en un plazo inferior a 3 meses sin que haya justificación para ello, el Colegio le tendrá por desistido de su petición, declarando la caducidad de la solicitud y el archivo de la misma.

La solicitud de las ayudas deberá efectuarse en el plazo de tres meses desde la fecha de emisión de las facturas o recibos que acreditan el gasto, salvo que haya un motivo que justifique dicho retraso.

En cualquier caso, dichos justificantes del gasto en base a los cuales la Junta de Gobierno concedió las ayudas solicitadas, deberán ser presentados al cobro en un plazo no superior a 3 meses desde la notificación fehaciente de la concesión, salvo que en la misma se establezca excepcionalmente, en función de la naturaleza de la ayuda, un plazo superior. De no aportarse los justificantes de pago, salvo que mediara causa justificada, se perderá la ayuda que corresponda a los meses cuyas facturas o recibos no se hayan presentado en el plazo indicado.

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