Si lo desea puede descargar el folleto de prestaciones editado por CHH en versión PDF.
Los nuevos importes de las prestaciones anuales tendrán vigencia desde enero de 2009 y serán efectivas hasta el 31 de diciembre de ese mismo año.
Se aplicarán a las incorporaciones de beneficiarios por fallecimiento del socio. En aquellas que se produzcan por causa distinta a la del fallecimiento del socio, se aplicará a estos importes el porcentaje que corresponda en cada caso.
Una vez aprobada por la Junta de Gobierno la incorporación como beneficiario del CHH, se percibirán las siguientes prestaciones (sin solicitud), cuyo importe se transferirá directamente en las cuantías establecidas, sin que sea precisa su justificación.
Se abonará mensualmente. La cantidad establecida es de 257,00 € /mes.
Cuando el beneficiario se encuentre ingresado en un centro que tenga totalmente cubiertos los gastos de manutención, no se pagará esta prestación. En caso de cobertura parcial quedará a discreción de la Junta de Gobierno el importe a conceder.
Se abonará semestralmente en los meses de abril y octubre. El importe asignado para cada temporada es de 459,00 €.
No se abonará esta prestación cuando el beneficiario se encuentre ingresado en un centro en el que se proporcione totalmente el vestuario de forma gratuita. En caso en que sea solamente una parte del mismo, quedará a discreción de la Junta de Gobierno el importe a conceder, debiendo justificarse el gasto.
Se efectuarán las transferencias en los meses de julio y diciembre. La cantidad asignada para cada una de ellas es de 247,00 €.
No se abonará esta prestación cuando el beneficiario se encuentre ingresado en un centro cubierto totalmente en cuanto a gastos de estancia y manutención. En caso de cobertura parcial quedará a discreción de la Junta de Gobierno el importe a conceder.
Para el abono de estas prestaciones no se requiere una solicitud previa. Se abonarán una vez recibida la factura que justifique el gasto, hasta el importe máximo establecido en cada concepto:
Las prestaciones que a continuación se reflejan, necesitarán de la previa solicitud al Colegio: